Modalidades de contratación

Licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos, mínima cuantía, contratación directa y régimen especial, y en qué se diferencian.

La modalidad es la forma en que la entidad escoge al contratista. La Ley 1150 de 2007 define la licitación pública, la selección abreviada, el concurso de méritos, la contratación directa y la mínima cuantía. La entidad no la elige a gusto: depende del objeto y del valor del contrato. La modalidad sale en la ficha de cada proceso.

Las modalidades

  • Licitación pública. Es la regla general: se usa cuando no aplica ninguna otra. La oferta puede presentarse, total o parcialmente, por subasta inversa si la entidad lo decide.
  • Selección abreviada. Procesos simplificados. Incluye, entre otras causales, la compra de bienes y servicios de características técnicas uniformes (por subasta inversa, acuerdo marco de precios o bolsa de productos) y la menor cuantía. El tope de menor cuantía depende del presupuesto anual de la entidad: va de 280 a 1.000 SMMLV.
  • Concurso de méritos. Para seleccionar consultores o proyectos. Se califican los aspectos técnicos de la oferta, y el precio no puede ser factor de escogencia.
  • Mínima cuantía. Contratos que no superan el 10 % de la menor cuantía de la entidad. La invitación se publica por lo menos un día hábil y se escoge la oferta de menor precio que cumpla. No exige RUP, y es la modalidad competitiva más accesible para quien empieza.
  • Contratación directa. Solo en los casos que fija la ley, como la urgencia manifiesta, los contratos interadministrativos, las actividades científicas y tecnológicas, la falta de pluralidad de oferentes y la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
  • Régimen especial. Entidades que no se rigen por el Estatuto General de Contratación sino por sus propios manuales, como empresas sociales del Estado, empresas de servicios públicos y universidades públicas.

Dónde está el mercado para una empresa

Entre enero y agosto de 2026, la contratación directa fue el 80,4 % de los contratos firmados en SECOP II, pero solo el 39,5 % del valor. Las modalidades competitivas (licitación, selección abreviada, concurso de méritos y mínima cuantía) fueron el 5,6 % de los contratos y el 32,8 % del valor, y el régimen especial se llevó otro 21,6 %.

Filtrar por modalidad

En Licitaciones puedes filtrar la búsqueda por modalidad, y también usarla al crear una alerta.