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Convocatoria limitada a Mipymes: qué es y cómo funciona en la contratación pública

Convocatoria limitada a Mipymes: Proceso en que solo pueden ofertar Mipymes colombianas. Procede si el valor es menor a US$125.000 y al menos dos Mipymes lo piden a tiempo.

Qué es

Es un proceso reservado a Mipymes. Cuando se cumplen los requisitos, la entidad debe limitar la convocatoria, sin importar su régimen de contratación.

Cuándo procede

  • El valor del proceso es menor a US$125.000, convertidos a pesos con la tasa que fija cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Colombia Compra Eficiente publica el valor en pesos vigente.
  • La entidad recibe solicitudes de al menos dos Mipymes colombianas con mínimo un año de existencia, por lo menos un día hábil antes de la apertura. Si son personas jurídicas, su objeto social debe permitirles ejecutar el contrato.
  • La entidad también puede limitarla a Mipymes con domicilio en el departamento o municipio donde se ejecuta el contrato.

En mínima cuantía las solicitudes se reciben en el término para observaciones a la invitación.

Quién puede ofertar

Solo Mipymes o proponentes plurales integrados únicamente por Mipymes.

Cómo se acredita

Con la certificación de tamaño empresarial y el registro mercantil o el certificado de existencia y representación, o con el RUP vigente y en firme. Para la solicitud, esos documentos deben tener máximo 60 días calendario antes del inicio del plazo para pedir la limitación.

Ejemplo

Una alcaldía publica el proyecto de pliego de un suministro de alimentos por un valor bajo el umbral. Dos Mipymes del municipio envían su solicitud con los certificados; la alcaldía abre el proceso limitado a Mipymes del municipio.

Error común

Pedir la limitación después de la apertura. La solicitud debe llegar antes, en el plazo del cronograma.

Qué norma lo regula

  • Ley 1150 de 2007, art. 12 (modificado por la Ley 2069 de 2020, art. 34)
  • Decreto 1082 de 2015, art. 2.2.1.2.4.2.2
  • Decreto 1082 de 2015, art. 2.2.1.2.4.2.3
  • Decreto 1082 de 2015, art. 2.2.1.2.4.2.4

Preguntas frecuentes

¿Cuántas Mipymes deben pedir la limitación?
Al menos dos Mipymes colombianas con un año de existencia, por lo menos un día hábil antes de la apertura del proceso.
¿Puedo pedir que se limite a Mipymes de mi municipio?
Sí. La entidad puede limitar la convocatoria a Mipymes domiciliadas en el departamento o municipio donde se ejecuta el contrato.

¿Te toca lidiar con convocatoria limitada a mipymes en un proceso?

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