Ejecución del contrato

Liquidación del contrato: qué es y cómo funciona en la contratación pública

Liquidación del contrato: Balance final en que entidad y contratista revisan lo ejecutado, lo pagado y lo pendiente, y se declaran a paz y salvo o dejan salvedades.

Qué es

La liquidación es el cierre de cuentas del contrato. Se revisa qué se ejecutó, qué se pagó, qué ajustes hay que hacer y se deja constancia de los acuerdos para declararse a paz y salvo.

Qué dice la norma

  • Se liquidan los contratos de tracto sucesivo, los que se prolongan en el tiempo y los demás que lo requieran. No es obligatoria en los de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
  • De mutuo acuerdo, en el plazo del pliego o el que acuerden las partes; si no hay plazo, dentro de los cuatro meses siguientes al vencimiento del contrato.
  • Unilateral, si el contratista no se presenta o no hay acuerdo, dentro de los dos meses siguientes.
  • Si no se liquida en esos plazos, puede hacerse dentro de los dos años siguientes, de mutuo acuerdo o unilateralmente.
  • El contratista puede dejar salvedades en la liquidación de mutuo acuerdo.
  • Al liquidar se exige ampliar las garantías que deben cubrir obligaciones posteriores, como estabilidad de obra o calidad.

Por qué te importa

El acta de liquidación es uno de los mejores soportes de experiencia: trae valores ejecutados, fechas y, a veces, cantidades. Muchos pliegos la aceptan junto con el certificado.

Ejemplo

Al terminar un contrato de obra, la entidad y el contratista firman el acta de liquidación con un saldo a favor del contratista por mayores cantidades aprobadas. El contratista deja una salvedad sobre unos días de suspensión que no le reconocieron.

Error común

Firmar la liquidación sin salvedades cuando tienes reclamaciones pendientes. Lo que no salves es difícil reclamarlo después.

Qué norma lo regula

  • Ley 80 de 1993, art. 60 (modificado por el Decreto Ley 019 de 2012, art. 217)
  • Ley 1150 de 2007, art. 11

Preguntas frecuentes

¿Todos los contratos se liquidan?
No. Los de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión no requieren liquidación obligatoria. Los de tracto sucesivo y los que se prolongan en el tiempo sí.
¿Hasta cuándo se puede liquidar un contrato?
Cuatro meses de mutuo acuerdo si no hay plazo pactado, dos meses más para la liquidación unilateral y, si no se hizo, dentro de los dos años siguientes.

¿Te toca lidiar con liquidación del contrato en un proceso?

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