Ejecución del contrato
Multas y cláusula penal: qué es y cómo funciona en la contratación pública
Multas y cláusula penal: Sanciones económicas pactadas en el contrato: la multa presiona a cumplir y la cláusula penal cobra por el incumplimiento. Se imponen tras audiencia.
Qué son
- Multa: sanción para conminar al contratista a cumplir. Solo procede mientras esté pendiente la ejecución de la obligación.
- Cláusula penal pecuniaria: valor que se cobra cuando se declara el incumplimiento, como estimación anticipada de perjuicios.
Las dos deben estar pactadas en el contrato.
Cómo se imponen
La Ley 1474 de 2011 fija un procedimiento con audiencia:
- La entidad cita al contratista (y a la aseguradora, si la garantía es póliza), con los hechos, el informe del supervisor o interventor y las cláusulas posiblemente violadas.
- En la audiencia el contratista presenta descargos y pruebas.
- La entidad decide por resolución motivada, que se notifica en la audiencia. Solo procede recurso de reposición, que se decide en la misma audiencia.
La entidad las cobra directamente: puede compensarlas con lo que te debe, cobrar la garantía o usar la jurisdicción coactiva.
Consecuencias que van más allá del contrato
- Las multas quedan en el RUP por un año.
- Se reduce el 2 % del puntaje en procesos futuros si te impusieron multas o cláusula penal en el último año, con excepciones.
- Cinco o más multas en tres años, o dos incumplimientos en tres años, generan inhabilidad por tres años, entre otros supuestos.
Ejemplo
Un contratista de un suministro de computadores entrega con 20 días de retraso. La entidad lo cita a audiencia con el informe de la supervisión, oye sus descargos e impone la multa pactada.
Error común
No asistir a la audiencia. Es tu oportunidad de explicar y aportar pruebas.
Qué norma lo regula
- Ley 1150 de 2007, art. 17
- Ley 1474 de 2011, art. 86
- Ley 1474 de 2011, art. 90
- Ley 2195 de 2022, art. 58
- Decreto 1082 de 2015, art. 2.2.1.1.1.5.7
Preguntas frecuentes
¿Una multa me impide licitar?
Una sola no, pero te resta el 2 % del puntaje durante un año en muchos procesos. Cinco o más multas en tres años generan inhabilidad.
¿Puedo defenderme antes de que me multen?
Sí. La entidad debe citarte a audiencia, donde presentas descargos y pruebas. Contra la decisión procede recurso de reposición en la misma audiencia.
¿Te toca lidiar con multas y cláusula penal en un proceso?
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Términos relacionados
- SupervisiónSeguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico que la propia entidad hace a un contrato que no exige conocimientos especializados.
- Garantía de cumplimientoGarantía que el contratista constituye para cubrir a la entidad por incumplimiento del contrato y otros amparos, como salarios, calidad o estabilidad de obra.
- Factores de evaluación (puntaje)Criterios con los que el pliego asigna puntos a las ofertas habilitadas: precio, calidad, apoyo a la industria nacional y otros que permita la ley.
- Caducidad del contratoDecisión con que la entidad termina un contrato por un incumplimiento grave del contratista que puede paralizar su ejecución, y ordena liquidarlo.
