Básicos

Proponente: qué es y cómo funciona en la contratación pública

Proponente: Persona natural, persona jurídica o grupo (consorcio o unión temporal) que presenta una propuesta en un proceso de contratación pública.

Qué es

El proponente es quien se presenta al proceso con una propuesta. Puede ser una persona natural, una empresa o un proponente plural: varios que se unen en un consorcio, una unión temporal o una promesa de sociedad futura para ofertar juntos.

La ley usa "proponente" y "oferente" como sinónimos. En los pliegos verás también "interesado", que suele referirse a quien todavía no ha presentado oferta (por ejemplo, quien hace observaciones al proyecto de pliego).

Qué se le exige

  • Capacidad para contratar: ser legalmente capaz. Si es persona jurídica, su duración no puede ser inferior al plazo del contrato y un año más.
  • No estar inhabilitado ni tener incompatibilidades.
  • Cumplir los requisitos habilitantes del pliego: capacidad jurídica, experiencia, capacidad financiera y organizacional.
  • Estar inscrito en el RUP, salvo en los casos que la ley exceptúa (mínima cuantía, contratación directa y otros).

En SECOP II

Para presentar una oferta necesitas una cuenta de proveedor en SECOP II. Si te presentas en consorcio o unión temporal, en la plataforma se crea la cuenta del proponente plural y sus integrantes quedan asociados a ella.

Ejemplo

Una empresa de ingeniería de Bucaramanga y otra de Cúcuta forman un consorcio para presentarse a la construcción de un colegio. El proponente es el consorcio, no cada empresa por separado, y la garantía de seriedad debe otorgarse a nombre de todos sus integrantes.

Error común

Pensar que basta con que un integrante del consorcio cumpla todo. Cada pliego dice qué debe acreditar cada integrante y qué se suma entre ellos.

Qué norma lo regula

  • Ley 80 de 1993, art. 6
  • Ley 1150 de 2007, art. 6
  • Decreto 1082 de 2015, art. 2.2.1.2.3.1.4

Preguntas frecuentes

¿Una persona natural puede ser proponente?
Sí. La ley permite contratar a cualquier persona legalmente capaz. Lo que cambia son los documentos con que acredita los requisitos del pliego.
¿Una empresa extranjera puede ser proponente?
Sí. Si no tiene domicilio ni sucursal en Colombia no está obligada a inscribirse en el RUP, y acredita sus requisitos con documentos de su país de origen.

¿Te toca lidiar con proponente en un proceso?

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